¿Qué es la oficina del defensor del ciudadano/a?

La Oficina del Defensor del Ciudadano/a de Paterna, se configura como una oficina de carácter público, con funciones de enlace y colaboración entre la Administración Municipal y los ciudadanos de Paterna. Para ello realiza funciones de asesoramiento, información, atención personalizada y ayuda.

Esta figura está regulada por el Estatuto aprobado bajo forma de Ordenanza por el Ayuntamiento en sesión plenaria el día 31 de enero de 2002, recayendo en la actualidad y por cuatro años, desde su nombramiento en el Pleno de fecha 30 de julio de 2007, el cargo de Defensora del Ciudadano/a en Doña Mª Antonia Moreno Gutiérrez

  • El Defensor del Ciudadano no está sujeto a mandato imperativo alguno. No recibirá instrucciones de ninguna autoridad y desempeñará sus funciones con autonomía y según su criterio, dando cuenta de forma periódica a la Comisión de Personal y Régimen Interior
  • El Defensor del Ciudadano no está facultado para anular ninguna clase de actos o resoluciones de la Administración Municipal, pero podrá sugerir criterios alternativos para su posible modificación.
  • Podrá formular advertencias y recomendaciones en los casos que estime procedentes.
  • El Defensor del Ciudadano dará cuenta anualmente el Pleno del Ayuntamiento de la gestión realizada en un informe que presentará en sesión extraordinaria convocada al efecto dentro del Orden del Día del Pleno extraordinario sobre Estado del Municipio.
  • Cuando la gravedad o urgencia de los hechos lo aconsejen, el Defensor del Ciudadano podrá presentar, en cualquier momento, a iniciativa propia un informe extraordinario ante el Pleno.

El Defensor del Ciudadano dispone a través de la consignación de una partida dentro de los presupuestos del Ayuntamiento de Paterna de los medios materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de sus fines y de la dotación económica necesaria para su funcionamiento.